CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN
Riesgos Cubiertos
Cubre exclusivamente pérdidas financieras, y no los daños que el asegurado pueda sufrir por deterioro, pérdida o destrucción de una mercancía en tránsito.
En ese sentido, el seguro cubre el impago de los créditos cuando sean consecuencia de los siguientes riesgos:
Insolvencia de Derecho Cuando un importador es declarado judicialmente insolvente (quiebra, análoga a la quiebra, liquidación judicial sin declaración de quiebra, concordato preventivo, arreglo extrajudicial aceptado por acreedores o cualquier situación jurídica prevista por la legislación del país de residencia del deudor).
Insolvencia de Hecho Cuando el BSE tenga en su poder las pruebas que permitan establecer que el importador es insolvente. Es decir, que el deudor se encuentra en una situación tal, que el ejercicio de una acción judicial para obtener el pago del crédito, no permita resarcir los gastos ocasionados por tal acción.
Mora prolongada. Cuando un crédito otorgado no haya sido pagado, total o parcialmente, transcurridos un tiempo preestablecido de su vencimiento o de su prórroga y siempre que el asegurado haya realizado oportunamente ante el comprador y sus eventuales garantes las gestiones destinadas al cobro de lo adeudado.
En los casos que el BSE considere que la solvencia del importador no es adecuada, se reserva el derecho de no conceder la garantía a esa operación. Para los exportadores esta situación debe ser aceptada como un asesoramiento técnico que el Banco brinda en este riesgo.
Ventajas y Beneficios
1. Competitivas: Permite ampliar las ventas, otorgándole al exportador una mayor flexibilidad en el ofrecimiento de condiciones de pago a sus importadores. Ayuda a diseñar y emprender nuevas operaciones diversificando sus mercados sin riesgo y a no perder cuota de mercado por temor a los impagos.
2. Preventiva: Mediante el análisis de la solvencia comercial y moral de los compradores y el pago indemnizatorio de las pérdidas sufridas por el asegurado, ante la insolvencia de sus compradores.
3. Crediticia: Es una garantía ante las entidades financieras, facilitando la negociación del descuento de efectos comerciales y para la obtención de financiamiento de exportaciones.
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